Entre enero del 2023 y lo que va del 2024, la Sutran, a través de sus Unidades Desconcentradas ha impuesto 7,284 actas de control por realizar servicio de transporte sin contar con autorización.

Ante las declaraciones imprecisas relacionadas a las funciones y competencias de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), la entidad aclara lo siguiente: 

1.       La Sutran, por la naturaleza de sus funciones, no emite ningún tipo de autorización o certificado para la habilitación técnica de terminales terrestres a favor de personas jurídicas o empresas constituidas en el país. Esta atribución no se encuentra dentro de sus competencias.

2.       De acuerdo a la Ley N°29380 “Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías”, la Sutran tiene como funciones principales: Supervisar, fiscalizar y sancionar a los titulares de los servicios de transporte terrestre de los ámbitos nacional e internacional; así como a los titulares de autorizaciones, concesionarios y prestadores de servicios complementarios, inspecciones certificaciones, verificaciones y otras relacionadas con el transporte y tránsito terrestre.

3.       En tal sentido, rechaza las aseveraciones que funcionarios ediles han difundido con relación al accionar de esta entidad abocada a proteger la vida y tutelar los intereses públicos a través de la supervisión y fiscalización de los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en las vías nacionales.

4.       La entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) es enfática al remarcar que su lucha frontal contra el transporte informal es permanente y tiene como objetivo prevenir que los usuarios sean expuestos a situaciones de peligro para su vida. 

5.       Entre enero del 2023 y lo que va del 2024, la Sutran, a través de sus Unidades Desconcentradas ha impuesto 7,284 actas de control por realizar servicio de transporte sin contar con autorización (informal) en todo el país. 

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