El Poder Ejecutivo oficializó la Ley 32144, aprobada por el Congreso, que define las labores del barista, del maestro chocolatero y del sommelier, en reconocimiento a su labor y con la finalidad de salvaguardar sus competitividades en el proceso gastronómico y en las actividades turísticas afines a sus labores.

La norma define al barista como al especialista en la preparación de café de alta calidad, que trabaja creando nuevas y diferentes bebidas basadas en este, usando varios tipos de leche, esencia y licor, entre otros. También es el responsable de la presentación de dichas bebidas y puede complementar su trabajo con el arte del latte o el arte del café con leche.

En tanto, el maestro chocolatero es definido como el especialista de la cocina que se dedica a la preparación de productos elaborados sobre la base de chocolate, ya sean tabletas, bombones, trufas o cualquier figura hecha de chocolate. Así también explora recetas creativas para desarrollar productos originales sobre la base de chocolate, desde un punto de vista estético y de sabor.

De acuerdo a la norma, se denomina sommelier al especialista del sector vitivinícola que tiene como principal función la atención del servicio de vino y de otros productos relacionados, en los diferentes locales de consumo, para cuyo efecto desarrolla diferentes tareas como organizar, planear, definir, controlar, seleccionar y gerenciar el servicio de la bebida en los diferentes locales de consumo a escala nacional.

Corresponderá al Poder Ejecutivo, de conformidad con sus atribuciones y competencias, adecuar el reglamento para la Categorización y Calificación Turística de Restaurantes, aprobado por el Decreto Supremo 011-2019-Mincetur, a fin de incorporar en el párrafo 4.1 sobre definiciones y referencias al barista, al maestro chocolatero y al sommelier.

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