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Reporte a Sunat de cuentas bancarias desde S/ 30,800 será cada seis meses

Entidades financieras deben alcanzar información a entidad recaudadora.



Cada seis meses las empresas financieras deberán reportar a la Sunat la información de las cuentas bancarias cuyo monto alcance o supere los 30,800 soles (antes era 10,000 soles), señaló hoy el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

“Lo que diseñamos en su momento era que se informe de manera mensual las cuentas superiores a 10,000 soles. Pero luego hemos sostenido conversaciones con representantes del sector privado y de las entidades financieras y fuimos citados a la Comisión de Economía del Congreso, donde recogimos sus preocupaciones”, dijo el director general de Política de Ingresos Públicos del MEF, Marco Camacho.

“Ahora estamos ajustando el monto, y en lugar de ser 10,000 soles lo estamos elevando a 30,800 soles. Además, para la periodicidad, en lugar de que los bancos entreguen información de manera mensual a la Sunat, ahora se está estableciendo que entreguen información de forma semestral”, agregó.

Hoy, vía Decreto Supremo N° 009-2021-MEF, se fijó en 7 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a 30,800 soles, el monto de las cuentas bancarias cuya información deberán reportar las empresas del sistema financiero a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).



“Ese es un instrumento importante y en todos los países la administración tributaria tiene acceso periódico. La herramienta sigue estándares internacionales, incluso México, Colombia y Chile lo tienen”, manifestó Marco Camacho.

Explicó que esta información comprende los promedios acumulados de los saldos y montos más altos, así como los rendimientos generados por las operaciones pasivas, sin identificar al detalle las operaciones.

En ningún caso la información suministrada a la Sunat comprenderá los movimientos de las operaciones pasivas de las empresas del sistema financiero con sus clientes, según establece explícitamente el numeral 2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1434. Para eso, se debe seguir el procedimiento de levantamiento judicial del secreto bancario.

Cuentas registradas

La información estadística disponible hasta el 2020 señala que las cuentas registradas en el sistema financiero nacional que superaría el umbral de 30,800 soles representan sólo el 3.5% del total de cuentas existentes, que contiene aproximadamente el 88% de los montos depositados en todo el sistema, según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).



“(El 3.5%) equivale aproximadamente a 890,000 personas naturales y 135,000 personas jurídicas. Solo hay que hacer una precisión, esto es extraído de la información que presentan los bancos a la SBS”, informó Marco Camacho.

Sostuvo que con el nuevo umbral de 7 UIT se logrará captar información que permita a la Sunat mejorar la programación y selección de sus acciones de control y fiscalización, incrementar su capacidad de detección oportuna de actos de elusión y evasión tributarias, del mayor interés fiscal.

Señaló que la fiscalización de la Sunat estará enfocada en detectar aquellos comportamientos que suponen incumplimientos tributarios más flagrantes y que son de mayor interés fiscal. Por ejemplo, por no estar inscritos en el RUC, no declarar ingresos, tener antecedentes de operaciones fraudulentas o que impiden de manera constante el control tributario, entre otros.

Fuente: Agencia Andina

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