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¡Atención! Retiro del 25 % de AFP se descontarán los S/ 2,000 abonados en abril

La norma señala que busca contrarrestar los efectos económicos negativos con un monto máximo de retiro del equivalente a S/ 12,900 (3 UIT) y como monto mínimo S/ 4,300 (1 UIT).

A los trabajadores que no laboraban hace seis meses.

Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) que retiraron los 2,000 soles de su AFP el mes pasado podrán acogerse al retiro del 25 % de su fondo, pero se les hará el descuento del primer monto recibido.

“Los afiliados al Sistema Privado de Pensiones beneficiados por el Decreto de Urgencia 034-2020 podrán acogerse a la presente norma, descontando la suma recibida en mérito de él y manteniendo los límites previstos”, señala la Ley 31017 publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Cabe aclarar que la norma solo refiere a los beneficiados por el Decreto de Urgencia 034-2020 (para personas que no trabajan en los últimos seis meses). Los trabajadores acogidos al Decreto de Urgencia 038-2020 (personas que trabajan y ganan menos de 2,400 soles mensuales) no están afectos.

Ley 31017

Hoy se publicó la Ley 3101 en el Diario Oficial El Peruano, la cual autoriza el retiro de hasta el 25 % del total de sus fondos acumulados de los afiliados al Sistema Privado de Pensiones, con la finalidad de aliviar las economías familiares y dinamizar la economía nacional.

Procedimiento

La entrega de los fondos se efectuará en un 50 % en un plazo de 10 días calendario de presentada la solicitud ante la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) a la que pertenezca el afiliado, y el restante 50 % a los 30 días calendario del primer desembolso.

En caso de que el afiliado tenga un fondo igual o menor a 1 UIT, el retiro será en un solo desembolso del 100 %, en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la AFP.

La solicitud para el retiro del dinero se presentará ante la AFP de manera remota, virtual o presencial.

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determinará el procedimiento operativo en un plazo que no excederá al 15 de mayo del 2020.

El dispositivo legal es suscrito por el presidente del Congreso, Manuel Merino Lama, y el primer vicepresidente del Congreso, Luis Valdez Farías.

Andina

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