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Home»Economia»SUNAFIL habilita más canales de consulta para trabajadores durante emergencia
Economia

SUNAFIL habilita más canales de consulta para trabajadores durante emergencia

AdministradorBy Administrador20 de marzo de 2020Updated:31 de enero de 2022No hay comentarios3 Mins Read
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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) incrementó sus canales de consultas habituales, incluyendo una central telefónica, con siete opciones, para responder las llamadas, a fin de atender las numerosas consultas de los ciudadanos, durante el estado de emergencia. 

El objetivo es facilitar la preservación del derecho de los trabajadores durante el estado de emergencia. Los usuarios podrán llamar a la línea 390-2800 y marcar las opciones del 1 al 7, en las que serán atendidos hasta por siete especialistas en paralelo acerca de los derechos sociolaborales y de seguridad y salud en el trabajo.

La institución remarcó que también está a disposición de los usuarios la línea gratuita a escala nacional 0800-16872, así como el Sistema de Consultas Laborales Sunafil Responde, alojado en el portal institucional (www.sunafil.gob.pe), en el cual pueden hacer consultas y/o denuncias.

Denuncias virtuales

Asimismo, si desean hacer denuncias virtuales, pueden ingresar al portal institucional, al botón Denuncia Virtual, en el que deberán colocar sus datos indicando que pertenecen al régimen laboral privado (D. L. N° 728), así como el número de RUC de la empresa a denunciar.

En observancia del D. S. Nº 044-2020-PCM, el ente supervisor remarcó que las únicas personas que pueden permanecer prestando servicios serán aquellas cuya prestación laboral, profesional o empresarial es necesaria para garantizar la prestación de servicios esenciales, tales como abastecimiento de alimentos, medicinas, servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios.

Facultad

De acuerdo con el D. U. Nº 026-2020, el empleador tiene la facultad de modificar el lugar de la prestación de servicios de sus trabajadores para implementar el trabajo remoto en el marco de la emergencia sanitaria, sin afectar la naturaleza del vínculo laboral, la remuneración ni las demás condiciones económicas del trabajador.

La institución hizo un llamado a los empleadores para que brinden, con marcado espíritu solidario, las facilidades del caso a sus trabajadores, cumpliendo con la ley y teniendo presente que la vida y la salud pública están por encima de cualquier consideración de orden económico.

Suspensión de plazos

La Sunafil, además, suspendió por el plazo de 30 días hábiles el cómputo de los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos que se encuentren en trámite a cargo de esta institución.

Mientras que, por un plazo de 15 días, suspendió además la atención de la mesa de partes, así como de las solicitudes de acceso a la información pública, quejas, reclamos y denuncias en trámite, sin perjuicio de la aplicación de los canales virtuales habilitados por esta entidad para tal fin.

Andina

Coronavirus en Perú Covid-19 Estado de emergencia en Perú Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral SUNAFIL
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