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Home»Educacion»Indecopi vigilará con rigor prestaciones del servicio educativo no presencial
Educacion

Indecopi vigilará con rigor prestaciones del servicio educativo no presencial

AdministradorBy Administrador29 de abril de 2020Updated:3 de febrero de 2022No hay comentarios2 Mins Read
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Institución advierte que están prohibidos los actos de discriminación hacia los estudiantes por parte de las instituciones educativas.

En el marco del estado de emergencia y el aislamiento social obligatorio decretado en el país para frenar el brote del covid-19, que determinó la postergación indefinida de las clases presenciales en los centros de educación técnico-productiva, institutos, escuelas de educación superior y universidades públicas y privadas, el Indecopi advirtió que están prohibidos los actos de discriminación hacia los estudiantes en la prestación del servicio educativo no presencial a distancia.

En efecto, el Ministerio de Educación (Minedu) dispuso que, durante el periodo de suspensión de clases presenciales, estas instituciones educativas podían optar por prestar, temporalmente, el servicio de manera no presencial o remota y que la reprogramación de las horas lectivas debía realizarse acorde a la realidad regional y local, así como a las características y necesidades de aprendizaje de las y los estudiantes. Es así que diversas universidades han optado por prestar el servicio a distancia a través del uso de plataformas virtuales. 

Asimismo, la prestación del servicio educativo a distancia conlleva el apoyo constante a los estudiantes por parte de las universidades, a fin de que puedan alcanzar los logros de aprendizaje previstos. Además, la continuidad de la prestación del servicio educativo debe darse con criterios de accesibilidad, adaptabilidad, calidad y otras condiciones esenciales para el aprendizaje.

En ese contexto, el Indecopi señala que no tienen cabida las expresiones o prácticas discriminatorias hacia los estudiantes por motivos de origen, raza, condición socioeconómica o de cualquier otra índole, por resultar no solo denigratorias a la dignidad de las personas sino porque, además, implican una limitación al acceso de estos servicios por parte de los usuarios.

Ante esta situación, el Indecopi recuerda que los consumidores y usuarios tienen derecho a un trato justo y equitativo en toda transacción comercial y a no ser discriminados por ningún motivo de acuerdo al Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley Nº 29571).

Por ello, el Indecopi exhorta a las instituciones de educación superior a no discriminar a los usuarios en sus relaciones de consumo. Asimismo, ante un problema de discriminación en el consumo recomienda:

  • Solicitar el Libro de Reclamaciones para dejar constancia de lo sucedido o ingresar al Reclama Virtual (https://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/) para sentar el reclamo.
  • Escribir a sacreclamo@indecopi.gob.pe o llamar a los teléfonos 224 7777 (Lima) o 0-800-4-4040 (línea gratuita desde regiones).

El Peruano

Indecopi Ministerio de Educación MINEDU
Administrador
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