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Este lunes 15 de marzo regirán nuevas medidas frente a pandemia

Carros particulares no podrán circular los domingos de marzo en zonas de alerta alto, muy alto y extremo.



Con la nueva clasificación de provincias según riesgo de contagio del covid-19, el Gobierno aplicará nuevas medidas biosanitarias para evitar su propagación, especialmente en 27 provincias que figuran en riesgo extremo.

Entre ellas se incluyen a las provincias de Abancay (Apurímac), Caylloma (Arequipa), Huaraz y Casma (Áncash), Huamanga, Cangallo y La Mar (Ayacucho), y Cajamarca y Cajabamba (Cajamarca).

En ese mismo nivel están Cusco y La Convención (Cusco), Chincha y Pisco (Ica), Jauja, Chupaca y Chanchamayo (Junín), Lambayeque (Lambayeque), Trujillo (La Libertad), Barranca, Huaral y Huaura (Lima), Maynas (Loreto), Tambopata (Madre de Dios), Mariscal Nieto (Moquegua), Tacna (Tacna), Coronel Portillo (Ucayali) y el Callao.

Niveles alto y muy alto

Las regiones de Piura y Huánuco se encuentran en su totalidad en el nivel de alerta alto, al igual que Amazonas, Huancavelica, Pasco, Puno, San Martín y Tumbes, y las demás provincias de las regiones restantes que no se han mencionado se mantienen en el nivel de alerta muy alto.

En todo el país la inmovilización social obligatoria nocturna se prolongará hasta las 4:00 horas, empezando a las 23:00 para el nivel de alerta moderado, a las 22:00 para el nivel de alerta alto, y a las 21:00 en los niveles de alerta muy alto y extremo.

El Ejecutivo también dispuso que los domingos no se podrán usar vehículos particulares en las localidades con niveles de alerta alto, muy alto y extremo.

Se autoriza, además, el uso de playas, ríos, lagos o lagunas en las regiones con niveles moderado y alto, siempre con respeto a las normas sanitarias vigentes, y se prohíbe el mismo en las de alerta muy alto y extremo.

En cuanto al desarrollo de actividades comerciales, se permite que en las jurisdicciones con nivel de alerta alto los casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas en espacios cerrados funcionen con un aforo del 40%. Aquellas artes escénicas que se efectúan en espacios abiertos podrán tener un aforo de hasta 60%.



En estas mismas jurisdicciones, esa proporción se aplicará a los restaurantes en zonas internas, mientras que los que funcionen al aire libre podrán usar hasta el 70%.

Las tiendas de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias podrán operar al 60%. Los centros comerciales, galerías, tiendas por departamento y tiendas podrán funcionar con un aforo de 50% y los templos religiosos, 40%.

En cuanto a las bibliotecas, museos, centros culturales y zoológicos operarán con un aforo de 60%; los clubes y asociaciones deportivas al aire libre, al 50%; y finalmente los bancos, al 60%.

Tanto las autoridades municipales como la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas supervisarán el cumplimiento de las medidas.

Fuente: Agencia Andina

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