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Instituto del Mar del Perú realizará pesca exploratoria de la anchoveta y bonito

A fin de regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos marinos.

El Ministerio de la Producción (Produce) autorizó hoy al Instituto del Mar del Perú (Imarpe) a realizar la pesca exploratoria de la anchoveta en la zona norte-centro del mar peruano, y también del bonito en el ámbito marítimo adyacente al departamento de Ica.

A través de la Resolución Ministerial Nº 000262-2023-PRODUCE, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se autoriza al Imarpe la ejecución de la pesca exploratoria del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) en la Zona Norte – Centro del mar peruano.

Para ello se autoriza a utilizar embarcaciones pesqueras de cerco de mayor escala, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial por un período de hasta 10 días calendario consecutivos, en las siguientes áreas marítimas:

i)Entre 4°00’S – 6°59’S fuera de las 5 millas marinas de distancia de la costa.
ii) Entre 7°00’S – 9°29’S fuera de las 20 millas marinas de distancia de la costa.
iii) Entre 9°30’S – 10°59’S fuera de las 5 millas marinas de distancia de la costa.
iv) Entre 11°00’S – 13°59’S fuera de las 20 millas marinas de distancia de la costa.
v) Entre 14°00’S – 15°59’S fuera de las 5 millas marinas de distancia de la costa.

El Imarpe en el plazo de cuatro días hábiles de culminada la pesca exploratoria presenta a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura el informe final con los resultados obtenidos para la adopción de medidas que resulten necesarias.

Pesca exploratoria del bonito

De otro lado, a través de la Resolución Ministerial Nº 000263-2023-PRODUCE publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se autoriza al Imarpe la ejecución de la pesca exploratoria del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) en el ámbito marítimo adyacente al departamento de Ica, de acuerdo a la siguiente programación:

a) Agosto: del 7 al 13.
b) Setiembre: del 11 al 17.
c) Octubre: del 9 al 15.
d) Noviembre: del 6 de al 12.
e) Diciembre: del 11 al 17.

La pesca exploratoria del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis), autorizada en la presente Resolución Ministerial, es aplicable a los armadores que cuenten con permiso de pesca vigente para operar embarcaciones artesanales de cerco de hasta de 10 m3 y embarcaciones que utilicen redes de cortina en el departamento de Ica.

Asimismo, se dispuso la publicación de las resoluciones ministeriales en la sede digital del Ministerio de la Producción ( ‘www.gob.pe/produce’ ), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Las referidas normas llevan la rúbrica del ministro de la Producción, Raúl Pérez Reyes Espejo.

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