El Poder Ejecutivo aprobó el reglamento de la norma que establece la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses para los trabajadores del sector público.
A través del Decreto Supremo N° 091-2020-PCM, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se precisa que este documento será presentado por los servidores civiles, aquellos que desempeñan función pública, así como otros señalado en el Decreto de Urgencia N° 020-2019.
La declaración jurada de intereses deberá ser presentada independientemente del régimen laboral o contractual en el que se encuentren los trabajadores en las entidades de la administración pública.
Asimismo, dispone la publicación del decreto supremo y del reglamento en el Portal del Estado Peruano, de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
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