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Frepap presenta proyecto establece mecanismos para la reestructuración y pago de deudas

El proyecto de ley está dirigido a las personas naturales sin negocio que vivan en el territorio nacional y tengan dos o más deudas con diferentes entidades o personas con una suspensión de pagos mayor a 90 días.



La bancada del Frente Popular agrícola del Perú (Frepap) presentó un proyecto de ley que establece mecanismos de reestructuración y el pago de deudas de personas en condiciones de insolvencia, en el contexto de la emergencia sanitaria por el covid-19.

La iniciativa, presentada por la legisladora y vocera del Frepap, María Céspedes Cárdenas, tiene por objeto que las personas que se encuentren en estado de insolvencia puedan cumplir con sus acreedores de acuerdo con sus posibilidades, plazos y condiciones que se establezcan en un proceso especial con asistencia de la autoridad.

Asimismo, busca promover la recuperación de la economía de las personas restableciendo sus compromisos financieros y evitando la exclusión social o laboral, generando las condiciones necesarias para la subsistencia del deudor y su familia. 

El proyecto de ley está dirigido a las personas naturales sin negocio que vivan en el territorio nacional y tengan dos o más deudas con diferentes entidades o personas con una suspensión de pagos mayor a 90 días. 

Serán consideradas dentro del procedimiento las acreencias generadas por la utilización de tarjetas de crédito con líneas de crédito en moneda nacional y extranjera, deudas hipotecarias, créditos de consumo.



Asimismo, las deudas a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), créditos vehiculares, deudas con cooperativas, colegidos, universidades y cualquier otra institución pública o privada debidamente reconocida. 

Están excluidas del alcance de la norma las deudas alimentarias y las deudas con fines comerciales de carácter empresarial. 

La Comisión de Protección del Consumidor del Indecopi será la encargada de ejercer la administración del procedimiento para atender las solicitudes de insolvencia de las personas naturales sin negocio, las propuestas de reestructuración y el pago de sus deudas. 

La referida comisión contará con una secretaría técnica que será a su vez una instancia previa que inicialmente procurará una conciliación entre las partes y brindará el soporte y asistencia durante el procedimiento.

Fuente: Agencia Andina

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