El Poder Judicial (PJ) dispuso el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia durante el periodo de vacaciones del Año Judicial 2023, para jueces, juezas y personal auxiliar.
Según Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) 000416-2022-CE-PJ, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que las vacaciones judiciales se harán efectivas del 1 de febrero al 2 de marzo.
En tal sentido, se dispuso el funcionamiento de como órganos jurisdiccionales de emergencia en la Corte Suprema: Sala Permanente, Mesa de Partes, Sala Penal Especial y Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, Salas Penales; estas contarán con personal mínimo necesario.
También serán órganos jurisdiccionales de emergencia las Cortes Superiores de Justicia, siendo que los titulares de estos serán quienes determinen que salas y juzgadas serán los elegidos.
Asimismo, establece que durante el mes de vacaciones judiciales los órganos de emergencia atenderán exclusivamente en las siguientes materias: Penal, Civil familia, Laboral, así como todas aquellas solicitudes que los jueces consideran de urgente atención en materia Contencioso Administrativa, Constitucional y Previsional.
De otro lado, la resolución precisa que la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada programará el rol de vacaciones de jueces, juezas y personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad del servicio. También hará lo mismo la magistrada coordinadora nacional del subsistema especializado de Extinción de Dominio.
Además, los titulares de las Cortes Superiores de Judicial designarán al personal mínimo necesario para el eficaz funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia; quedando facultados a conformar otros que se requieran.