El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia en los distritos de Tambopata, Inambari, Las Piedras y Laberinto, de la provincia de Tambopata; y en los distritos de Madre de Dios y Huepetuhe, de la provincia de Manu, región Madre de Dios, para continuar con las operaciones policiales para combatir la minería ilegal y otros delitos conexos.
A través del Decreto Supremo N° 066-2021- PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, se establece que Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. La norma entrará en vigencia desde mañana y por el término de 60 días calendario.
El dispositivo señala que durante la prórroga del estado de emergencia en las circunscripciones mencionadas, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito en el territorio, libertad de reunión y la libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
La intervención de la Policía Nacional del Perú se efectúa se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, que regula el uso de la fuerza por parte de la PNP en tanto las Fuerzas Armadas, lo hacen mediante el Decreto Legislativo Nº 1095, que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las FF. AA. en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2020-DE.
El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Francisco Sagasti Hochhausler y está refrendado por la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez y los titulares de Defensa, Nuria Sparch, de Interior, José Elice y de Justicia, Eduardo Vega.
Fuente: Agencia Andina