Sala Penal de Apelaciones desbarató argumentos de la integrante de la cúpula de Sendero Luminoso, Elena Iparraguirre.
La líder terrorista de Sendero Luminoso no será excarcelada, sentenció la Sala Penal de Apelaciones de Puente Piedra, tras desbaratar los argumentos presentados por la defensa legal del a integrante de la cúpula senderista, quien dicho sea de paso, cumple cadena perpetua en el penal Virgen de Fátima, en el distrito de Chorrillos.
La resolución considera que el recurso presentado por la defensa legal de la terrorista no recurre de forma directa a los hechos que demanda, es decir, no precisa qué condiciones carcelarias ponen en riesgo la esposa de Abimael Guzmán. Firmaron esta resolución la jueza Ana Vásquez Bustamente y los vocales Juan Hurtado Poma y Gloria Calderón Paredes.
La defensa de Iparraguirre se basó en el riesgo que corre su patrocinada en el mencionado centro penitenciario frente a la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19), por lo que requería que se le varía la detención preliminar. De acuerdo con el Código Procesal Penal, no obstante, la medida prevista solo contempla a imputados y no sentenciados, mucho menos por terrorismo.
“Tal pedido no se encuentra referido a mejorar las condiciones en las que la favorecida debe cumplir la pena en el establecimiento penitenciario en el que se encuentra recluida, por lo que no resulta de amparo el agravio referido”, se lee en el documento.
Por otro lado, se argumentó un posible hacinamiento y, por ende, mayor riesgo de contagio en el penal Virgen de Fátima. Sin embargo, el INPE informó que este centro de reclusión alberga 398 internas, siendo su capacidad para 550.
“En cuanto a la beneficiaria, que aquella se encuentra en un ambiente para ocho personas, pero que solo se encuentra con tres, no habiéndosele practicado la prueba rápida, debido a que no ha presentado síntomas relacionados a la COVID-19”, refirió la resolución.
Fuente: Diario Expreso