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Acceso a información financiera es constitucional y no viola secreto bancario

Afirma extitular del TC, César Landa



El expresidente del Tribunal Constitucional (TC), César Landa, afirmó que el acceso a la información financiera a través de un reporte de las entidades del sistema financiero a la Sunat, sobre las cuentas que tengan depósitos por 10,000 soles, es constitucional y no viola el secreto bancario.

En declaraciones a la Agencia Andina, precisó que el decreto supremo publicado a finales del año pasado, es el reglamento que desarrolla la Ley aprobada por el Decreto Legislativo 1434, autorizada por el Congreso pasado con la finalidad de regular la lucha contra la evasión fiscal y la elusión, a raíz de la defraudación por parte de personas naturales y jurídicas. 

“Sorprenden algunas declaraciones que están mal informadas para decir que se está violando el secreto bancario, no es así. Los derechos no son absolutos, son relativos, entonces decir que ocurre esto con el secreto bancario no tiene ningún sustento jurídico sostenible, porque no hay evidencia de ello”, precisó.

Landa señaló que es una norma legal que el Congreso aprobó y que incluso ratificó, (con la composición del anterior Parlamento), pero que “son leyes que no han sido declaradas como inconstitucional por el Tribunal Constitucional.



“Si hubiera sido una una norma escandalosa y que vaya en contra de la Constitución, los congresistas del Parlamento anterior hubieran pegado el grito al cielo, pero no hicieron ninguna demanda, porque el compromiso peruano es incorporarse al sistema internacional que tienen estándares mínimos como la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos)”, indicó. 

En ese sentido, explicó que la presión tributaria en el Perú no es de 22% como lo establece la OCDE, sino de 13% al margen de la pandemia, “lo que implica que no se está recaudando lo necesario”. 

“Esto afectará a quienes están evadiendo impuestos, que es un delito o los que están eludiendo el pago de sus impuestos”, agregó.

Como se recuerda, desde el 1 de enero las entidades del sistema financiero tendrán la obligación de reportar a la Sunat sobre las cuentas de depósitos de sus clientes (naturales o jurídicas) cuyos saldos sean iguales o mayores a 10,000 soles.

Fuente: Agencia Andina

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