El Congreso de la República publico hoy la Ley del Certificado Único Laboral, dispositivo que unifica y reemplaza a los actuales certificado único laboral para jóvenes (Certijoven) y certificado único laboral para personas adultas (Certiadulto).
Ley N° 31760 La norma tiene por objeto regular la implementación y el acceso al Certificado Único Laboral, a fin de facilitar la empleabilidad de las personas de 18 años a más en el mercado laboral formal.
Se trata de un documento electrónico que contiene información necesaria para la contratación laboral de las personas de 18 años a más. Se solicita y obtiene gratuitamente a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE).
Este contiene la siguiente información: fecha de emisión electrónica; datos de identidad del solicitante; antecedentes policiales, penales y judiciales; formación académica; experiencia laboral; y otra información que el MTPE considere relevante para la empleabilidad. Además, a pedido de la persona que lo solicita, puede incluir la condición de discapacidad.
Para la emisión del documento, el Ministerio de Trabajo utiliza la información que ponen a disposición las entidades públicas, las cuales brindan facilidades para su acceso gratuito y permanente en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), y en otras a través de las cuales se pueda obtener datos vinculados a dicha información.
La norma señala además, en las disposiciones complementarias finales, que el Poder Ejecutivo aprueba el reglamento respectivo en un plazo de treinta días hábiles contados a partir de su publicación.
Además, que con su entrada en vigor quedan derogados el Decreto Legislativo 1378, que fortalece y extiende la accesibilidad al Certijoven; y el Decreto Legislativo 1498, que otorga accesibilidad al Certiadulto ante el impacto del COVID-19.
El dispositivo lleva la rúbrica de la presidenta Dina Boluarte y del titular de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Alberto Otárola.