El Poder Ejecutivo oficializó la norma aprobada por el Congreso de la República que establece como el Día Nacional de la Accesibilidad el 8 de agosto de cada año.
La Ley Nº 31847, publicada este jueves en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, señala que con esta fecha se busca visibilizar, reconocer, valorar y crear conciencia sobre el derecho de accesibilidad para todas las personas, especialmente para aquellas con discapacidad o con movilidad reducida.
Los ministerios de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Economía y Finanzas; de Transportes y Comunicaciones; y de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales, articularán las accesiones necesarias para la implementación de la ley.
Asimismo, dichas instituciones informarán en el primer trimestre de cada año las actividades de promoción y difusión del nuevo día nacional al Parlamento.
Además, se declara de interés nacional el diseño y la implementación progresiva de ciudades accesibles para personas con discapacidad o movilidad reducida.
Para ello, deberá entenderse como ciudad accesible a aquellas que garanticen el disfrute del derecho de acceder a todos los servicios, al entorno físico, al espacio público, a los medios de transporte, a la información y a las comunicaciones para todas las personas, sin discriminación, en igualdad de condiciones y de la manera más autónoma y segura posible.