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¿Tu hijo menor de edad tiene que viajar? Conoce aquí los requisitos que se deben cumplir

La Superintendencia Nacional de Migraciones indica que los tipos de autorización de viaje dependen de las circunstancias del viaje del menor:

¿Tu hijo es menor de edad y tiene que viajar fuera o dentro del Perú por estudios, vacaciones u otro motivo? Conoce en la siguiente nota los trámites que deben realizar los padres de familia para que sus niños o adolescentes viajen solos, con uno de sus padres o acompañados de terceros.

Los padres de familia deberán tramitar el permiso de viaje para sus hijos menores de edad si salen del país solos, con uno de ellos o acompañados de terceros para realizar actividades relacionadas a estudios, vacaciones, u otros motivos, informó la Superintendencia Nacional de Migraciones.

Cuando el menor viaja con ambos padres no se necesita tramitar la autorización, pero si viaja solo con uno de ellos, se necesita el permiso del progenitor que no viaja. En caso viaje solo o acompañado de otro adulto, ambos padres deben firmar la autorización.

La Superintendencia Nacional de Migraciones indica que los tipos de autorización de viaje dependen de las circunstancias del viaje del menor:

  • Si el menor de edad va a viajar fuera del Perú solamente con uno de sus padres, acompañado de otro adulto o sin compañía, los progenitores deben ir a una notaría para tramitar una Autorización de Viaje Notarial.
  • Si el menor de edad va a viajar fuera del Perú y faltan ambos padres, uno de los padres está ausente o no está de acuerdo con el viaje (hay disentimiento), un juez del Juzgado de Familia puede permitirlo con una Autorización de Viaje Judicial.
  • Si uno o ambos padres se encuentran en el extranjero se debe tramitar una Autorización de Viaje Consular en alguna representación consular peruana, la misma que debe legalizarse en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.

La autorización de viaje debe entregarse a las autoridades migratorias para que el menor de edad pueda salir del Perú y es válida por una única vez.

Las autorizaciones notariales y consulares tienen una vigencia de 90 días desde que son expedidas.

Autorización Notarial

Es un documento certificado notarialmente por el cual los padres autorizan el viaje de su hijo menor de edad dentro o fuera del territorio peruano, para que viaje solo, acompañado por uno de ellos o por otro adulto.

El documento debe tener la firma del notario y también:

Dentro del país

  • Si el menor viaja solo: la firma de uno de los padres.
  • Si el menor viaja con uno de los padres dentro del país: no necesita permiso.

Fuera del país

  • Si el menor viaja solo: la firma de ambos padres.
  • Si el menor viaja con uno de los padres: la firma del padre o madre que no lo acompaña.
  • Si el menor viaja con un tercero: la firma de ambos padres.

Esta autorización tiene una vigencia de 90 días y debes entregarla a la autoridad migratoria peruana para que permita la salida del país del menor y es válida solo por una vez.

Requisitos

Dentro del país

  • Partida de nacimiento original y actualizada del menor.
  • DNI del menor de edad.
  • DNI del padre o de la madre.
  • En caso de fallecimiento de uno de los padres o si el hijo está reconocido solo por uno de ellos, bastará el consentimiento del padre que sobreviva o de aquel que efectuó el reconocimiento (el permiso notarial debe constar haber tenido a la vista la partida de defunción o la de nacimiento correspondiente).

Fuera del país

  • Partida de nacimiento original y copia del menor de edad.
  • DNI/Pasaporte del menor de edad.
  • DNI/Pasaporte de los padres.
  • En el caso de padres extranjeros: el documento de identidad o pasaporte que lo identifique.
  • Cuando solo uno de sus padres ha reconocido al menor: basta con el consentimiento de este.
  • Cuando uno de los padres ha fallecido: copia del acta de defunción.
  • Si el menor tiene un apoderado: poder y otros documentos que lo acrediten como tal.
  • Si uno de los padres se encuentra en el extranjero: Autorización de Viaje Consular y luego legalizarla en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
  • Si el menor cuyo padre o madre está en el extranjero va a viajar con una tercera persona: Autorización de Viaje Consular otorgada por el padre que está fuera del país, legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y la Autorización de Viaje Notarial del padre que permanece en el Perú (el padre que está en el Perú y viajará con el menor solo necesita la Autorización de Viaje Consular legalizada para salir del país con su hijo).

Es importante que los datos del documento del menor coincidan con los documentos presentados por los padres.

Hazlo en 3 pasos

1) Acércate a una notaría
Acércate a una notaría para obtener la Autorización de Viaje y paga por el trámite. El costo de esta varía de acuerdo a la notaría elegida. Puedes encontrar información de las notarías en el Perú en el Directorio Notarial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

2) Presenta los documentos
Presenta en la notaría los documentos solicitados del menor de edad y de los padres. Asimismo, hay que proporcionar otros datos del viaje como:

  • Ciudad de salida.
  • Ciudad de destino.
  • Fecha de salida.
  • Fecha de retorno.
  • Datos de la persona responsable del menor durante el viaje (si no viaja con sus padres).
  • Datos de la aerolínea o medio de transporte internacional que se usará en el viaje.

3) Recibe la Autorización
Una vez que el notario revise los documentos, dará fe de los mismos y extenderá la Autorización de Viaje Notarial (en un papel especial del Colegio de Notarios).

Importante

Según ha dispuesto la Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú, en el caso de un menor de edad peruano, residente en el extranjero, que haya permanecido más de 183 días en el Perú, se debe presentar obligatoriamente la Autorización de Viaje para salir del país.

Autorización Judicial

Se puede solicitar al Juzgado de Familia la Autorización de Viaje Judicial para un menor de edad cuando no hay acuerdo entre los padres para el viaje del menor, cuando uno de los padres está ausente/desaparecido o cuando la situación no aplica para obtener la Autorización de Viaje Notarial, entre otros casos.

Esta autorización es válida solo por una vez y debe ser entregada a la autoridad migratoria peruana con la sentencia y la firma del Juez de Familia para que permita la salida del país del menor.

Obtén presencialmente la Autorización Judicial

Requisitos

  • Partida de nacimiento del menor original y copia. (Si el menor tuviera partida extranjera, debe estar traducida al castellano.)
  • Copia del documento de identidad del solicitante.
  • Otros documentos pueden ser solicitados que dependerán del caso específico del que se trate.

Hazlo en 4 pasos

1) Realiza el pago:
Paga la tasa judicial de S/ 70.00 por cada menor, en una agencia o agente del Banco de la Nación u otras entidades y/o plataformas financieras autorizadas.

2) Presenta los documentos
El responsable del menor debe presentar la documentación en la mesa de partes del Juzgado de Familia. El mismo día de la presentación del documento el solicitante pasará una entrevista en compañía del menor para la toma de declaraciones.

3) Evaluación
Luego de evaluar los documentos y pruebas, el Juzgado de Familia puede extender la Autorización de Viaje Judicial.

En caso el padre o madre se encuentre con paradero desconocido, el Juzgado ordenará que se le notifique mediante la publicación de edictos en el portal del Poder Judicial, periódico, boletines oficiales y tablón de anuncios del juzgado. Para responder a los edictos, el padre o madre tendrá un plazo de 15 días si está en el país y de 30 días si está en el extranjero. Asimismo, el Juzgado puede solicitar a Migraciones el movimiento migratorio del padre o madre ausente.

4) Recibe la autorización
Finalmente recibirás la autorización con la sentencia y la firma del Juez de Familia. Recuerda que es válida solo por una vez y debe ser entregada a la autoridad migratoria peruana para que permita la salida del país del menor.

Autorización Consular

Es un documento por el cual los padres que se encuentran en el extranjero autorizan el viaje de su hijo menor de edad fuera del territorio peruano, ya sea para que viaje solo, acompañado por uno de ellos o por otro adulto. Una vez obtenida esta Autorización de Viaje debe ser legalizada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y entregada a la autoridad migratoria peruana para que permitan la salida del país del menor. Esta autorización es válida solo por una vez.

La presente información es sobre casos generales, si necesitas información más precisa o datos sobre un caso específico debes comunicarte con la Oficina Consular del país donde estés.

Requisitos

Estos requisitos son generales, te recomendamos visitar la web de los Consulados del Perú para encontrar los que se adaptan a tu caso.

  • Copia certificada del acta de nacimiento del niño.
  • Documentos de identidad de los padres.
  • Cuando solo uno de sus padres ha reconocido al menor: basta con el consentimiento de este.
  • Cuando uno de los padres ha fallecido: Copia certificada del acta de defunción.
  • El padre que está en el Perú y viajará con el menor, solo necesita esta Autorización de Viaje Consular legalizada para salir del país con su hijo.

Obtén presencialmente la Autorización en los Consulados

Hazlo en 3 pasos

1) Identifica la web del consulado
Ingresa a la página web de los Consulados del Perú. Selecciona el continente, el país, la ciudad donde resides y haz clic en ‘Ir’ para ingresar a la página de la oficina consular donde puedes tramitar la Autorización de Viaje. Allí encontrarás información sobre los teléfonos, dirección, días y horarios de atención, entre otros. Ingresa a Trámites, luego a Trámites Notariales y finalmente a Autorización de Viaje de menores de edad. Allí podrás acceder a información general sobre los requisitos.Te recomendamos comunicarte con la Oficina Consular para información precisa y más detallada sobre cómo obtener la Autorización de Viaje, así como si debes sacar cita, la manera de hacer el pago, entre otros. Igualmente, para casos especiales como cuando el menor ha sido reconocido por solo uno de los padres o uno de ellos ha fallecido.

2) Paga por el derecho de trámite
Realiza el pago de los derechos consulares para obtener la Autorización de Viaje de menores de edad. Este pago es equivalente a US$ 20.00 y se calcula en Soles Consulares, 1 Sol Consular es igual a 1 Dólar americano o 1 Euro (dependiendo del país) expresado en la moneda local. Puedes revisar la tarifa de este y otros derechos consulares. Los detalles de la manera en la que puedes realizar el pago de los derechos consulares y tramitar la Autorización de Viaje pueden variar dependiendo del Consulado donde lo tramites. Dependiendo de la Oficina Consular y el país, podrás hacer el pago en efectivo en la misma oficina o en una entidad bancaria

3) Tramita la Autorización de Viaje
Realiza el procedimiento establecido por la Oficina Consular para obtener la Autorización de Viaje. Es probable que necesit es saber estos datos:

  • Ciudad de salida.Ciudad de destino.
  • Fecha de salida.
  • Fecha de retorno.
  • Datos de identificación de la persona responsable del menor durante el viaje (si no viaja con sus padres).
  • Datos de la aerolínea o medio de transporte internacional que se responsabilizará del menor en caso que viaje solo.
  • El plazo de entrega dependerá del país donde te encuentres.
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